Superar las acciones de cobro, previa constitución en mora del contratante o del contratista de acuerdo a la clase de peligro y el requerimiento escrito donde se consagre el valía adeudado y los contratistas afectados.- Si la empresa viene de otra ARL se deben conservar las tarifas y clases de riesgo que se tenían asignadas a cada centro. Si no